lunes, 21 de mayo de 2012

¿Y ahora?


El próximo jueves 24 de Mayo, el Honorable Consejo Deliberante aprobara o no la rendición de cuentas del año anterior, cuyo responsable es el ex Intendente Dr. Daniel Molina.

Es obligación de los políticos y funcionarios municipales de informar y no des-informar, sobre las decisiones tomadas y las justificaciones -en caso que así lo fuera- ante los ciudadanos.

El objetivo de esta rendición es para que el ‘poder’ este bajo control. Seria la manera de domesticar al ‘poder’ y prevenir de esta manera sus abusos.   

La norma indica que los funcionarios deberían informar sus decisiones y justificarlas ante el público –llámese  pueblo- ya que este tendría la capacidad de sancionar a estos, por la realización de los actos contrarios a la ley.

De esta manera los políticos deberían explicar y justificar el ejercicio realizado desde el poder. De aquí surgiría la información, justificación o no, y en caso que correspondiera la sanción del caso.

Deberíamos recordar que todos los que intervienen en la rendición de cuentas están sometidos a la Ley de Ética de la Función Pública, que indica en su artículo 2 lo siguiente:

a) Cumplir y hacer cumplir estrictamente Constitución Nacional, las leyes y los reglamentos que en su consecuencia se dicten y defender el sistema republicano y democrático de gobierno;

b) Desempeñarse con la observancia y respeto de los principios y pautas éticas establecidas en la presente ley: honestidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana;

c) Velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular;

d) No recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello;

e) Fundar sus actos y mostrar la mayor transparencia en las decisiones adoptadas sin restringir información, a menos que una norma o el interés público claramente lo exijan;

f) Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados;

g) Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa;

h) Observar en los procedimientos de contrataciones públicas en los que intervengan los principios de publicidad, igualdad, concurrencia razonabilidad;

i) Abstenerse de intervenir en todo asunto respecto al cual se encuentre comprendido en alguna de las causas de excusación previstas en ley procesal civil.

Pero…lo anteriormente mencionado son solamente los deberes éticos de los funcionarios en lo que respecta a sus funciones. Lamentablemente dicho texto, que es legal por supuesto, no prevé sanciones específicas  para el caso del incumplimiento de sus deberes.

Solo le cabría el incumplimiento de deberes que son administrativos, civiles y penales.

Sin embargo por estas horas se esta discutiendo en cada bloque con representatividad legislativa, el posicionamiento que se hará en cada caso.

Los delfines de Molina, si es que existen aun, deberían aprobar la rendición de cuentas, sin importarles nada las cuestiones éticas mencionadas.

Si así lo hicieren que Dios y la Patria los demande.

Esperemos que los 60 millones de pesos de deudas confirmada y los 40 millones de pesos en posibles juicios que vendrían, no queden impugnes.

Los demás bloques, por lógica, deberían rechazar, desaprobar e incluso demostrar a la sociedad los incumplimientos registrados por los funcionarios molinistas.

¿Y ahora…que harán?

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