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miércoles, 7 de octubre de 2009

POR LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

En las comunidades organizadas, los padres no deberían recolectar firmar para que se cumpla una ley. Claro que debemos reiterar “comunidades organizadas”, porque en la nuestra, los padres de los niños discapacitados deben juntarse para recolectar un millón de firmas.

Fátima Rodríguez, una mamá necochense se encontraba en la esquina de Avenida 59 y Calle 64, junto a otros padres, pidiendo el acompañamiento al petitorio de la modificación del Artículo 2 de la Ley 24.901.

Nos comentaba: “esta ley que permite a los discapacitados tener cobertura en salud, ya sea por intermedio de las obras sociales o las entidades públicas, atiendan a los niños con discapacidades de cualquier índole, como la misma ley lo requiere”

“Lamentablemente debemos insistir para que dicha ley sea modificada, por aún no se cumple como corresponde, por ejemplo en mi caso la fonoaudióloga no atiende estos casos, lo mismo que la terapista, etc., porque todo esto no esta pasando”

El petitorio al que se refiere Fátima Rodríguez, para el cumplimiento de la misma se encuentra en el Congreso Nacional con trámite parlamentario Nº 97 con fecha e de Julio del 2007.

El titulo de la misma dice: 2Sistema de Prestaciones Básicas y Habilitación Integral a Favor de la Personas con Discapacidad, Ley 24.901: Modificación del Artículo 2 (Obligación de Cobertura Total por Parte de las Obras Sociales)

El mismo indica: Art. 1º: Modificase el artículo 2º de la ley 24901 el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º - Las obras sociales, comprendiendo como tal concepto las enunciadas en el artículo 1º de la ley 23660, como así también todos aquellos agentes de salud que brinden servicios médico asistenciales a sus afiliados, independientemente de la forma jurídica que tuvieren, tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la presente ley, que necesiten las personas con discapacidad afiliadas a las mismas.

Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Los fundamentos principales para dicho requerimiento fueron presentados y aún no admitidos:

La ley 24901 de Prestaciones Básicas puso fin a esta inequidad, a partir de su sanción todos los afiliados a las Obras Sociales comprendidas en la ley 23660 tienen iguales derechos por iguales aportes.

Sin embargo aún persiste una discriminación inaceptable: las personas que cotizan a otros agentes de salud no comprendidos en la mencionada ley carecen de la protección de la ley 24901. Es decir: una persona que cotiza aportes, contribuciones o cuotas a un agente de salud que no está regulado por la ley 23660 no tiene derecho a pedir las prestaciones que sí son accesibles a quienes cotizan a los agentes de salud mencionados en la ley. Se hace necesario entonces corregir esta inequidad injusta entre aportantes.

En noviembre de 2002 se sancionó la ley 25683 cuyo artículo 1º es idéntico al que hoy tratamos. En diciembre del mismo año, en medio de la crisis económica y social más grande de nuestra historia, el Poder Ejecutivo la vetó aludiendo dificultades financieras por prestaciones comprendidas en el artículo segundo de esa norma, que hoy omitimos.

A efectos de aclarar el alcance de esta ley los agentes obligados conforme al artículo 1º son todos aquellos que perciban de sus afiliados aportes, contribuciones, cuotas o cualquier otra cotización para financiar sus prestaciones de salud.

La factibilidad de financiar con estas cotizaciones las prestaciones de la ley 24901 viene siendo demostrada desde hace diez años por las Obras Sociales comprendidas por la ley 23660 las que se financian exclusivamente con las cotizaciones de sus afiliados.

Debemos tener en cuenta que estas prestaciones son esenciales para garantizar la rehabilitación de las personas con discapacidad. En la actualidad la continuidad de los cuidados no está garantizada puesto que ante un cambio laboral que signifique pasar de una Obra Social obligada a cumplir con la ley 24901 a un agente de salud no obligado el afiliado con discapacidad pierde la posibilidad de ser rehabilitado.

La realidad nos demuestra que se debe extender la obligatoriedad puesto que en la actualidad muchas personas que cotizan mensualmente sus aportes y contribuciones a un agente de salud al que están obligadamente afiliados y que no les cubren los servicios de la ley 24901, se afilian al Régimen del monotributo con la exclusiva finalidad de obtener la cobertura de una Obra Social comprendida por la ley 23660 para poder así obtener los beneficios de la citada ley 24901.

Con la intención de asegurar equidad entre aportantes y, por sobre todo, de garantizar iguales derechos a las personas con discapacidad es que presento este Proyecto de ley.

Como los padres mismos nos indicaban, es necesario que se junten un millón de firmas para que: “las personas con discapacidad, podrán tener acceso a recibir todas las prestaciones que ellos necesitan. De esta manera poder mejorar su calidad de Vida, ya sea futura como presente. Sin trabas. Sin demoras”

Todos podemos ayudar simplemente accediendo al formulario en: http://spreadsheets.google.com/viewform?formkey=dFIwRE1xTWx6dGx3Q1hrQTdoMGJIbkE6MA

Y las planillas firmadas enviarlas por correo a: Casilla de Correo 14 - Artigas 40 - (1406) Flores - Capital federal, con la única mención: POR LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

sábado, 30 de agosto de 2008

COBRO INDEBIDO

Aunque parezca una broma este fue lo que sucedió en nuestra comuna, por orden del Intendente Municipal Dr. Daniel Molina, inicio los trámites legales, para cobrar los intereses y gastos de un juicio que nadie sabía.
Todo comenzó cuando la Cooperativa 1° de Diciembre se hizo cargo del Matadero Municipal, ya que los amigos del Intendente que estaban al frente del mismo, dejaron una abultada deuda con todos los trabajadores, además de 300 mil pesos en proveedores de Necochea.
En forma precaria se hicieron cargo y en varias oportunidades, por orden del Dr. Molina dos concejales del radicalismo se encargaron de dicha negociación, mientras esto sucedía los mismos viajaban al ONCCA para que no los habilitaran.
A pesar de los escollos, los trabajadores con el acompañamiento de la CGT Regional Necochea, y su Secretario General Mario Lastra, demostraron como sanear la cooperativa e ir pagando la deuda dejada por los “amigos” de conocidos empresarios locales y del Dr. Molina.
Cuando el Concejo Deliberante aprobó la entrega del Matadero a la cooperativa, la misma se encontró que debían 170 mil pesos.
El mismo Mario Lastra nos decía: “Según el Municipio debían esa suma sin embargo en los registros contables del matadero figuraban 91 mil pesos de canon no abonados, de inmediato pedimos saber como se componía este importe”.
“A pesar de estos datos según el municipio los trabajadores habían firmado un permiso precario, aunque no se debería pagar canon igual si es necesario abonaremos, pero que la población sepa que estaba en letra “chiquita”, pero honramos nuestras deudas”.
“Nos encontramos con la sorpresa que el municipio quería cobrarnos 42 mil pesos por mora del canon y 32 mil costas judiciales, de inmediato pedimos una audiencia al intendente para el día viernes, pero estaba muy ocupado”.
“Nos derivaron a la Doctora Bertoldi de Asuntos Legales del Municipio, al querer explicarnos todos estos costos, nos enteramos que mientras negociábamos la continuidad del matadero, nos hacían un juicio sin dar aviso del mismo”.
“Recién ayer nos dijeron de una Demanda por Apremio, esto no es serio y menos si proviene del Municipio, se nos quiso decir que el Dr. Molina no lo sabría, pero eso si no lo podemos creer, ya que la negociación se hizo en una puerta (Mario Diez Secretario de Gobierno) y en la otra puerta Legal y Técnica la demanda judicial”.
“Quisimos hablar con el Dr. Molina y enseguida los honorarios se disminuían a 14 mil pesos, según las palabras de la misma Dra. Bertoldi, esto es una falta de respeto y falta de transparencia”.
Esto si que es poco serio, cobrar lo indebido, lo ilícito, lo injusto y falto de equidad, por parte del Dr. Molina, negociar y realizar una demanda, decir que tienen el apoyo pero envía a los Concejales Maldonado y Tripiana (en ese momento estaba con mandato), a que no salga la habilitación del ONCCA.
Ahora la ciudadanía de Necochea esta al tanto de lo que es capaz el Intendente o corroborar lo que decía un viejo afiliado radical José “pepe” Boina Blanca, aunque yo no lo puedo creer, pero...
Egoísta, egocéntrico, totalitario, mentiroso y traidor, bueno lo decía un viejo conocido del doctor.

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