lunes, 2 de agosto de 2010

Necochea: hechos consumados

En las últimas horas, nuestra comunidad se encuentra ante un dilema; O se aceptan los hechos tal cual fueron esgrimidos, o por el contrario si fuera una ley se trata de derogarla con otra ley.

Precisamente nuestro Intendente Dr. Daniel Molina, pretende implantar una normativa – o varias - , que sabe que van a resultar impopulares. Conoce que las mismas pueden ser generadoras de resistencia por parte de la oposición política y hasta de la misma comunidad.

Ante la impopularidad a manifestarse, solo opto por imponer la norma y para cuando sus adversarios y detractores quieran reaccionar, la misma ya es un “hecho consumado”; Por lo que será imposible volver atrás, mucho más que si se hubiera impedido la norma antes de implementarse.

Como decía un jurista conocido: “donde el hecho consumado adquiere mayor importancia es en el concepto que del mismo elabora la Teoría de los hechos consumados. Para ella, que supone el reverso de la Teoría del Derecho, el hecho consumado es aquél que una vez realizado, ya sea de forma legal o ilegal, consolida por el transcurso del tiempo y por la tolerancia de terceros, un determinado estado de cosas, una especial situación que merece, si no el amparo del Derecho, sí al menos, un respeto jurídico por la consumación y consolidación que de forma tácita se le ha reconocido. Se trata pues de hechos, actos y situaciones que adolecen de un vicio en el origen o en su formación, que les hace calificables de ilegales, no adecuados al procedimiento, pero que el silencio, el tiempo o la propia fuerza ha sancionado, y que en el momento actual, resulta aconsejable admitirlos como válidos”

Vayamos a las cosas: la economía del Municipio es desastrosa, estamos endeudados y además por el “Silencio de los Necochenses” aceptados queramos o no.

Por ejemplo subirán las tasas municipales en un 40 %, porque no podemos solventar los gastos, llámeles aumentos de sueldos, horas extras, ingresos de personal político a la planta permanente, amigos y amigas incorporadas sin concurso, etc.

Esta ambición de poder excesiva ha generado que hasta los filósofos adquieran preponderancia, como por ejemplo en el escrito “La República de las pasiones” el autor Julián Meza, “Desde la particular perspectiva de cada uno de ellos, el poder jamás ha sido dibujado, ciertamente, como racionalidad o como lógica; esta visión del poder queda reservada a los historiadores, filósofos y juristas que lo presentan como hecho consumado (Maquiavelo), necesidad jurídica (Jean Bodin) o razón de estado (sobre todo en los siglos XIX y XX)”

Por esta ultima razón, las deudas se acumulan porque en forma “maquiavélica”, el Intendente Dr. Molina, se apoderó sistemáticamente de las cuentas afectadas como por ejemplo los móviles policiales en $ 273.240.-

O de los Bomberos de Necochea de $ 95.040.-, o de la Cooperadora del Hospital Ferreyra en $ 190.080.-, o de la Universidad del Centro, con sede en Quequén por $ 297.000.-, o de las escuelas de Artes de Quequén y Necochea por $ 23.760.-, o del Centro Cultural y Biblioteca E. Ferreyra por $ 142.560.-, o por la asociación C.A.A.N por $ 118.800.-

Pero aún hay mas: La cooperadora de la Escuela de Claraz por $ 9.009.- o la Guardería San Ramón (que ya no funciona en Juan N Fernández por $ 4.307.- del año 2009 y por $ 25.839.- en el 2010, o los Bomberos de La Dulce por $ 38.520.- o por el arrendamiento de las tierras del Aeródromo local, cuyo 40 % corresponde al Aeroclub por una suma superior a los $ 95.000.-

Pero…sigue la apropiación indebida de fondos como por ejemplo lo sucedido al nuevo Ente Vial, cuyo titular Marcelo Marcos admitió a sus conocidos, que el mismo Molina lo “engaño”. Según las mismas fuentes “el Intendente les pidió que asumieran en Julio, pero los fondos se los daban desde Marzo”

“Buscan por todo cajón que encuentran pero…los fondos no aparecen” admitieron de muy mala manera los productores agropecuarios.

Lo mismo sucederá en pocas horas con el ENTUR (Ente Necochea de Turismo), quienes los que la componen habrían decidido la renuncia de varias entidades, porque los fondos “prometidos” a su amigo Ferrelli, desde el mes de Marzo, no aparecieron; El problema es la acumulación de deudas que por estas horas tiene la nueva entidad.

Como decía León Trotsky: “Quien se arrodilla ante el hecho consumado, es incapaz de enfrentar el porvenir”

Necochea: sus hechos consumados y un provenir incierto, ¿por el silencio de los necochenses?

sábado, 24 de julio de 2010

Las callecitas de…Necochea… tienen ese “no sé qué”…

La mítica Balada para un loco, del maestro Astor Piazzolla y Horacio Ferrer, es una presencia que se siente en cada rincón de esta ciudad.

Estas callecitas de necochea, ya son un…cráter tras otro,… un pozo por aquí, otro mas allá y un camino largo que baja y se pierde (en otro pozo).

“Lamentablemente nuestra ciudad sufre varios problemas, entre ellos la falta de un objetivo claro…hoy en día, solo les interesa facturar y después…vemos”

Estas fueron las palabras de un amigo Juan “cuadro” incansable trabajador del Municipio – que no cobra horas extras – que día a día nos cuenta los errores de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.

“Esta totalmente descontrolada la situación, el Secretario Arq. Arnoldo Serrano (uno no puede creer, pero siguen insistiendo que es el “monje negro” de esta administración), no cuenta con apoyo político de los funcionarios que conforman la mesa chica”

“La misma se reunió en el despacho del Intendente y estuvieron presente el “tordo” (ya nadie le dice doctor) Molina, la familia “décima” (papá Mario y Gonzalito), Fernandino (ex gobierno), y Fidel Pintos (bueno en realidad es Guridi), seudónimo “comiteril”, porque nadie entiendo de lo que habla”

“El motivo…pedir la destitución de la secretaría al arquitecto, a esta se sumaron la sub. Secretaria de Legal y Técnica, la de Obras Sanitarias (a cargo de “porrón”, porque no llega a botella), y varias mas que pidieron reserva de identidad”

Ante esta noticias, intentamos recabar más informaciones… y el resultado fue por demás desalentador; Juan “presupuesto” (otro colaborador incorporado a esta causa) agregó: “En el año 2004, primer presupuesto de esta administración la Secretaria a cargo del Ingeniero Taurían – por aquel entonces – contaba, a pedido del mismo, con 800 mil pesos para bacheos y recapados, y toma de juntas, que se vieron durante ese año”

“Recordemos la pavimentación de la calle 46, el asfalto sobre las arterias que circundan la Plaza Dardo Rocha, toda la Avenida 2 hasta la rotonda de pinolandía, varias cuadras de la avenida 59…y otras que no recuerdo”

“Una suma similar tuvo el año 2005…y después…la reducción año a año del presupuesto para dichos ítems; Sin embargo el Ing. Taurían pudo rebuscárselas como pudo”

“Fue tan importante que en la foto de la campaña del 2007 (reelección de Molina), donde el “tordo” salio solamente con Alejandra Manis, Horacio Tellechea y por supuesto con Taurían, que “oh” casualidad fueron echados”

Según un informe (secreto) de la actual conducción de la secretaría de Obras Pública, indica que el 75 % de las calles asfaltadas de Necochea y Quequén que encuentran en graves problemas. Es tan alarmante el informe que el mismo esta lleno de incongruencias, como que detalla que las 2.500 cuadras sufren problemas por falta de mantenimiento; Sin embargo algunos funcionarios indican que son casi 3.000 las cuadras con estos problemas.

Además, el mismo informe indica que las calles de tierra están aun peor; Se ha dado el caso que ante la falta de materiales, en la zona del “Barrio Capuchinos”, el entoscado lo hicieron con escombro. Habría que escuchar a los vecinos y los epítetos que por supuesto no son para nada beneficiosos para el Arq. Serrano.

El mismo, realizó declaraciones que no fueron muy felices que digamos, al admitir que se necesitan 15 millones de pesos, para arreglar tan solo unas 120 cuadras. Y aseguró que los fondos están pedidos y próximos a llegar por intermedio del PFM (Programa de Fortalecimiento Municipal).

Consultas realizadas a varios funcionarios, los mismos indicaron que no cuenta con el apoyo político suficiente y que sería reemplazo por el Arq. Fittipaldi (aunque tampoco cuenta con la venia, por su cercanía a Serrano).

Para Juan “Guardapolvo” (conocido médico perteneciente al nosocomio Dr. Taraborreli), el problema del Arq. Serrano sería: “existe un trastorno mental que se llama mitomanía, en el cual el individuo, tiene un impulso compulsivo a mentir, a él no le importaría si desea mentir o no, simplemente lo haría – de hecho no nota que lo que dice son mentiras, pues al ser un trastorno no neurótico, no se esta consciente del mismo-; Habría que entender que la mitomanía suele estar presente en personas que no se encuentra satisfechas con su vida y necesitan fantasear, tal vez directamente mentir, para hacerla mas atractiva ante los demás”

“El mismo se habría agravado por dos factores importantes, el primero fue su actitud para acceder al cargo (aseguran que fue él, junto con Molina, el que preparó la “salida” del ing. Taurían), y el segundo factor sería la similitud de características (quizás la misma enfermedad), que se encontró por parte del Intendente Municipal Dr. Daniel Molina”

viernes, 9 de julio de 2010

NECOCHEA: La “basura”, tiene “feo olor”

El día 30 de Julio del año 2009 en una conferencia de prensa realizada por el Municipio, el Secretario de Gobierno Mario Diez y el Secretario de Hacienda Contador Camilo Maciel, detallaron la situación de la empresa Servicios Ambientales Necochea S.A.

Confirmaban que el Municipio: “no tiene ningún tipo de deuda para con la empresa encargada de dicha concesión”; Y detallaron la forma – por demás beneficiosa con que se pagaba las facturas – de pago anticipadas, tanto del valor por cuadra, dicho de otra forma por el servicio de recolección.

El Contador Maciel admitió: “que hace un tiempo se suspendió el pago por el tratamiento de residuos porque la empresa no está cumpliendo con el contrato de concesión. La Municipalidad no paga un servicio que no se está prestando y por esta cuestión se mantuvieron varias reuniones para llegar a un acuerdo”

Sin embargo el 7 de Mayo del 2010, el Intendente Dr. Molina y el Secretario de Obras y Servicios Públicos Arq. Arnoldo Serrano, (uno no puede creer que le dicen el “Monje Negro”) admitieron: “como “muy positiva”, la tarea de relevamiento del lugar que lleva a cabo la empresa concesionaria del servicio de recolección de residuos”. “El objetivo de este trabajo es la recomposición del predio que se usa para la disposición final de la basura a cielo abierto y el cuidado ambiental para toda la periferia que rodea al lugar”

En menos de un año, el Municipio cambio “radicalmente” su posición con respecto a dicha empresa, concesionaria de la recolección de los residuos.

Podemos citar que actualmente la empresa recibe por recolección de residuos la módica suma de $ 940 mil, que representaría un valor por cuadra, de unos $ 9,79 aproximadamente.

Además la misma recibe por concepto de relleno sanitario (a pesar de ser a cielo abierto aún) unos $ 300 mil mensuales a los que hay que agregarle una suma similar por la deuda anterior en cuotas hasta completar la suma de $ 3 millones.

Lamentablemente se deben haber olvidado de la regularización del IVA, que hace menos de un año representaba unos $ 900 mil de deuda, y dejaron de abonar las cuotas.

También se olvidaron, de abonar la regularización del leasing de los camiones, cuya deuda original era de $ 380 mil. Y lograron una refinanciación cuyas cuotas eran de $ 86 mil mensuales y nunca más las pagaron; Hoy esa deuda supera los $ 400 mil y como el Municipio es solidariamente responsable del leasing, en buen romance todos los necochenses, debemos abonar esta deuda.

¡Pero aquí viene los mejor!

Existe un juicio laboral por unos $ 305 mil de quien era funcionario jerárquico y esto desencadeno a que los socios comenzaran un proceso de lo que parecería un vaciamiento de empresa.

Según la información bancaria recabada la empresa Servicios Ambientales, no depositaría los cheques municipales en su propia cuenta.

Según los mismos informantes los depósitos se harían en la financiera TASA, quienes a nombre de un tal Fernández Candía y Guillermo Martínez, se encontraría la “gerenciadora” de la empresa Servicios Ambientales.

Las mismas fuentes, aseguran de haber escuchado el nombre de otros socios entre ellos de un “alto” funcionario municipal, quien estaría encargado de agilizar los pagos, anteriormente mencionados; Con solo sumar los valores indicados, el municipio estaría al día con los pagos mensuales que alcanzan a unos $ 1.600.000.-

Surgen varias preguntas: ¿por esta razón aumentarían las tasas?

¿Por esto mismo es que no pueden mejorar los sueldos de los empleados municipales?

¿Cuándo vence la concesión de la recolección de residuos de la Empresa Servicios Ambiéntales Necochea S.A.?

¿A caso no se debería llamar a licitación con seis meses de anticipación?

Y la mas importante de todas ¿Quién es el funcionario o los funcionarios que serían socios de la gerenciadora?

martes, 6 de julio de 2010

Necochea: Ordenanza que no "ordena"

Un accionista de un balneario local, me acerco la siguiente nota:

Como accionista de Palmeras del Este Sociedad Anónima quiero informar a uds. que El Concejo Deliberante, en el tema de la referencia y su decisión de licitarlo, ha soslayado lo que firmó con fecha 24/04/09 y eso es nada menos que la Ordenanza número 6550/09 donde se aprueba el proyecto integral presentado por la empresa Palmeras del Este Sociedad Anónima para la explotación de la UTF BNH.- Paso a aclarar:

Se adjunta la presentación que fue aprobada por unanimidad por el citado cuerpo y en la misma consta la reserva de las unidades de estacionamiento según indica el siguiente párrafo del documento que luego se adjunta

· Solicitamos disponer de los espacios actualmente utilizados como playas de estacionamiento, tanto de Palmeras del Este como del ex Costa del Sol hasta tanto el Municipio de Necochea efectúe las obras públicas proyectadas en ese lugar. Para el futuro solicitamos se nos habilite en la concesión nueva, la opción de construcción de cocheras debajo de la línea de la avenida dos (en subsuelo y bajo los actuales estacionamientos), respetando totalmente las condiciones arquitectónicas de la planta de nivel 0.- Este punto no implica obligación de cumplimiento por parte de nuestra empresa, sino simplemente dejar resguardada la opción a realizarla, de poder definir necesidades técnicas e inversoras para poder efectuarla.- La razón de esta solicitud de opción está fundada en los condicionantes emergentes de la situación económica general del país, la particular de Necochea y el futuro de nuestras temporadas de verano.- No resultaría serio para nuestra empresa comprometerse a efectuar un obra de semejante envergadura, en estos momentos, pero tampoco sería razonable que perdamos la oportunidad de efectuar una gran cochera que serviría de alivio a todo el tránsito de esa zona. Entre otras razones que expliquen ese “alivio”, podemos citar las pocas cocheras existentes en los edificios vecinos tanto existentes como por construir, además de la eliminación de lugares para estacionar en balnearios, y la extraordinaria demanda debido al crecimiento constante y exponencial del parque automotor.- Entendemos que dicha construcción, no interfiere en absoluto con el plan integral costero, ya que las mismas no serán observables desde la superficie, cumpliéndose con el objetivo de no generar contaminación visual.-

Esto fue aprobado por unanimidad por el Concejo y ratificado en la firma del contrato de concesión (artículo 3ro) donde en otras palabras se dice que la concesión se regirá por la presentación de Palmeras del Este S.A., y supletoriamente para lo no consignado se aplicará el pliego de bases y condiciones de las concesiones de balnearios que integran el Plan integral costero.-

Lamentablemente debemos interpretarlos como la vulneracion de un derecho que legitimamente adquirimos en un proceso trasparente y publico como fue la ampliación de nuestra concesión.-

Los habitantes de la ciudad que reinvertimos en la misma, generando fuentes de trabajo y desarrollo, debemos tambien exigir seriedad y ecuanimidad en el tratamiento de estos temas.- Queda absolutamente claro que, de no hacerce la obra pública, la explotación del estacionamiento correspondiente, es solo facultad de Palmeras del Este Sociedad Anónima (art. 3ro contrato de concesión y ordenanza 6550/09)

¿Será invalida la ultima ordenanza?

domingo, 27 de junio de 2010

Agua potable: contaminación de Ponal Group S.A. en Puerto Quequén

El grupo ambientalista Geo Demeter, de la ciudad de Necochea, denunció por amenazas a un integrante de Ponal Atlántica S.A.

Los integrantes de la entidad, presidida por Vicente Lubrano, quien estuvo acompañado por Marta Caffaro, Nicolás Bollini, Miguel Ángel Cabodevila, Daniel González, Rubén Martínez y Noelia Salmeno, confirmaron la denuncia realizada ante la Fiscalía local por los llamados intimidatorios que recibieron.

El Señor Mario Guetti, integrante de la firma Ponal que tiene la planta de fertilizantes líquidos en la zona del Puerto Queqúen, amenazó telefónicamente con dichos como tales: “te estas metiendo con gente muy pesada”, “estas averiguando cosas con documentación robada a la empresa, por un antiguo Gerente”, etc.

Fuentes judiciales consultadas, admitieron que el Señor Guetti involucró erróneamente a un Ex Gerente de la Firma Ponal, David Christensen, como el autor de un robo de documentación a la firma.

Las mismas fuentes confirmaron que los análisis que se encuentran en poder de la asociación ambientalista, fue entregada por el actual Presidente del Consorcio de Gestión Puerto Quequén, Arq. Costanzo.

El informe de los análisis de agua realizados por el Ingeniero Químico Alberto Ricci, indicarían que el agua “no” es potable para consumo humano, en los pozos aledaños a los tanques de la firma Ponal.

Versión esta confirmada por uno de los integrantes de la firma, que pidieron reserva del nombre, y admitieron que fueron tres los pozos analizados por el Ing. Ricci.

Hay varios indicios que indicarían que los pozos analizados darían un alto porcentaje de Nitratos por encima de los establecidos por la Comunidad Europea, cuyo nivel permitido de nitratos en agua para consumo humano es de 50ppm. La Organización mundial de la salud recomienda una concentración menor a los 25ppm, y el CAA (Código alimentario argentino) fija el límite de contenido de nitratos en agua potable en 45ppm.

Consultado nuestro amigo Juan “lancha amarilla”, nos confirmo que los tres pozos analizados dieron muestras de nitratos por encima de los establecidos por las organizaciones de salud.

Y agrego: “lo mas impactante es que los análisis se realizaron en los años 2007 y 2008 y nada se sabe con posterioridad a dicha fecha. Es decir, que sería muy probable que la contaminación de las aguas sean aun peor en la actualidad”

“Y lo llamativo del caso es que el mismo Consorcio nada ha dicho al respecto. Además, las muestras determinaron que en uno de los pozos a los 6 metros de profundidad, los resultados dieron por encima de 130 ppmm de nivel de nitratos”

“Y que en el segundo, a una profundidad estimada de 12 metros, el resultado fue de mas de 55 ppmm y en el tercero, a un poco mas de 15 metros de profundidad, dio mas de 57 ppmm”

“La preocupación es mayor porque esta situación planteada indica que la primera napa, que corresponde al acuífero epipuelche o napa freática demuestra un grado de contaminación sorprendente. Una situación de mayor preocupación aún lo constituye la creciente contaminación del acuífero puelche, de profundidad promedio 20 a 30 metros”

Deberíamos tomar conciencia, porque según los informes elaborados por INA-Bosquejo Hidrogeológico de Bs. As. Dirección de servicios Hidrológicos y el Departamento de calidad de agua-Dirección Nacional de Saneamiento Ambiental- Ministerio de Salud y Acción Social indican: “Los Nitratos aparecen en el suelo y en aguas superficiales y profundas como resultado de la descomposición natural, química o microbiana del material nitrogenado orgánico (proteínas vegetales, animales, excretas, sustancias químicas).
El amoníaco formado (NH4+) se oxida a ion NITRITO (NO2-) y luego a NITRATO (NO3-), siendo la aparición de los mismos en la naturaleza una consecuencia del ciclo de Nitrógeno.
Nuevas fuentes de Nitritos y Nitratos aparecieron en forma de fertilizantes”
Queda más que claro que los tanques de Ponal Atlántica S.A., contiene fertilizantes líquidos, y cualquier derrame afecte directamente a las napas. Como efectivamente indicarían los análisis realizados y que tantas amenazas han producido.

martes, 22 de junio de 2010

El que paga "bien", paga dos veces

El presente trabajo forma parte de un conjunto de artículos tendientes a demostrar que los errores de presupuestación, la falta de capacidad recaudatoria y la carencia de ideas novedosas en el manejo de la economía municipal (carencia de gestión estratégica), producen una serie de efectos indeseados que repercuten en el desarrollo económico del partido.-

Aquí trataremos la incidencia de dos efectos sobre la carga tributaria de los contribuyentes: Los sistemáticos déficit fiscales traducidos en deudas para ejercicios próximos y los porcentajes elevadísimos de evasión de tributos Municipales.- Nuestro título en realidad trata de demostrar que un viejo concepto del derecho: “El que paga mal, paga dos veces”, se ve revertido por completo, transformándose en: “El que paga bien, paga dos veces”.-

En relación al tema de este artículo y específicamente en lo atinente a la evasión, no queremos decir que solo el mal cobrador hace al mal pagador, por lo tanto no dejamos de lado la responsabilidad de los evasores, que con sus conductas marginales jaquean el sistema económico Municipal.- La evasión es un fenómeno de culpas repartidas.-

Veamos entonces cual es el efecto sobre los buenos contribuyentes (en realidad contribuyentes) de la interacción de estos dos efectos negativos: La cronicidad de la deuda y la evasión tributaria.-

El contribuyente del partido de Necochea, que paga un tributo Municipal de $ 100, en realidad debería pagar $ 50,20.- Esto surge de los datos aportados por el propio Departamento Ejecutivo y que desarrollaremos en un ejemplo numérico.-

Pareciera un tema de poca relevancia, sin embargo no lo es, por eso en este artículo, nos hemos propuesto explicar los nocivos efectos del endeudamiento crónico y de la evasión con las iniquidades que su falta de ataque produce entre pagadores y no pagadores.- En este caso a través de un breve ejemplo, el lector podrá llegar a la conclusión del título.-En el cuadro siguiente podemos observar matemáticamente la distorsión indicada, se trata de un ejemplo muy simple que reproduce las situaciones imperantes en un partido como el de Necochea, del cual tenemos algunos datos.-

Tomamos como base la elaboración de un presupuesto anual cualquiera, sobre números pequeños, aunque igualmente representativos para demostrar nuestra aseveración.-

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La representación matemática estima que el presupuesto para un ejercicio anual prevé gastos por $ 1.000.- Se supone que estos gastos han surgido de un Presupuesto por programas como lo establece el sistema integrado RAFAM.- Por lo tanto la necesidad de recursos debe ser una cifra equivalente, es decir $ 1.000.- Sin embargo por incidencia de la deuda crónica, que según nuestros cálculo oscila en aproximadamente un tercio (1/3) del presupuesto (ver http://odelbarba.blogspot.com/2009/08/una-alternativa-de-solucion-para-la.html.- ), si se calculan solamente ingresos para los gastos corrientes del ejercicio, no se podrá atender a la deuda.- Por lo tanto, al cálculo de recursos habrá que adicionarle el monto indicado en la fila 2 llamado amortización de deuda del ejercicio anterior, lo que eleva la necesidad de recursos a $ 1.333,33, constituyéndose en el Monto total del cálculo de Recursos (fila 3).-Luego, si tomando como base el Presupuesto 2009, los ingresos por tasas y derechos municipales representan el 38,87 % del total del Cálculo de Recursos (el resto de los ingresos está conformado por otros conceptos tales como coparticipaciones, realización de activos, etc) obtenemos la cifra que se consigna en la fila 4, es decir $ 518,26.- Es decir que en concepto de tasas y derechos Municipales deberemos recaudar ese monto para cerrar el presupuesto.-

Sin embargo esto no esto no es todo, porque acá aparece el concepto de Evasión que según el departamento Ejecutivo alcanza al 49,40 % del total de los tributos Municipales emitidos (Ecos Diarios 7 de Junio de 2010) .- Por lo tanto la evasión estimada será de $ 256,02 (fila 5) y solo ingresará al Estado Municipal por tasas y derechos $ 262,24 (fila 6), lo cual resulta insuficiente para equilibrar ingresos con gastos, de manera que será necesario recargar las tasas en un monto equivalente a la evasión esperada compensando de esta manera el desequilibrio generado en la mencionada evasión, es decir $ 256,02 (fila 7).-

Continuamos con el desarrollo del ejemplo para ver la incidencia que tiene sobre la carga tributaria del buen contribuyente la interacción de las dos situaciones perversas mencionadas: Primero la deuda contraída en otro u otros ejercicios anteriores y segundo el porcentaje elevadísimo de evasión.-

Así vemos que de no haber habido arrastre de deuda y no existir evasión, el monto de las tasas y derechos debió haber sido de $ 388,70 (ver fila 12).- Sin embargo esa cifra es sustancialmente mayor, primero porque la incidencia de la deuda, que recordamos, se estima en un tercio del total del presupuesto, ya la eleva a $ 518,26 (fila 9), pero aún no tuvimos en cuenta que casi la mitad de los contribuyentes no abonará sus tributos.- Ese 49,40 % no ingresado ($ 256,02 ver fila 10), deberá ser sumado al cálculo original de $ 518,26, de manera que la cifra final del cálculo de recursos en el ítems tasas y derechos municipales ascenderá a la suma de $ 774,28 (fila 11).-

Sintetizando, podemos decir luego de este desarrollo que: Teniendo que haber estimado un ingreso en el cálculo de recursos en concepto de tasas y derechos municipales por un monto de $ 388,70, por efecto de la deuda y la evasión, dicho monto se eleva a $ 774,28, es decir, se aumenta en un 99,20 %.- Queda demostrada la aseveración de nuestro título: El contribuyente que paga, en realidad lo hace por el doble de lo que debería haberlo hecho.-Está claro, y no requiere más explicación que la anterior, que algo funciona mal.- No podemos culpar solamente al evasor, cada una de las partes (contribuyente y Ente recaudador) deberá revisar su conducta.- No resulta posible mantener un orden económico y una equidad tributaria, con semejante panorama.- Mientras los buenos contribuyentes pagan el doble de lo que les correspondería, el Municipio premia con aproximadamente $ 8.000.000 anuales regalándoselos a los evasores por la via de la prescripción de los tributos (ver http://odelbarba.blogspot.com/2010/03/que-eso-no-se-hace-que-eso-no-se-dice.html).-

www.odelbarba.blogspot.com

jueves, 3 de junio de 2010

Necochea: Fallo en contra del Candidato Radical Dr. Barrera

Organismo: Juzgado Contencioso 1 Necochea Carátula: BRUNELLA MARIA PATRICIA C/ MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA S/ PRETENSION ANULATORIA - Nro de causa: 1754 Fecha: 01/06/2010
Descripción: RESOLUCION REGISTRABLE
Estado: En Letra, BRUNELLA MARIA PATRICIA C/ MUNICIPALIDAD DE NECOCHEA S/ PRETENSION ANULATORIA
Necochea, 1 de junio de 2010.-
Visto, la solicitud de medida cautelar innovativa de fs. 41 y ss.
Considerando,
Que en fecha 23 de mayo de 2008 se presenta la Sra. Maria Patricia Brunella, agente municipal, demandando a la Municipalidad de Necochea la nulidad de diversos actos administrativos de traslados de lugar de prestación de servicios.
Que en fecha 20 de mayo de 2010 solicita medida cautelar innovativa ordenando el retorno de la suscripta a su puesto de trabajo con las tareas que realizaba, hasta la finalización de proceso. Para ello sostiene, que acredita la verosimilitud del derecho en la falta de motivación, del decreto Municipal 1894/07 que dispone el traslado transitorio de la agente María Patricia Brunella de la Secretaría de la Salud a la Delegación Municipal de Quequén y luego se la afecta para el servicio de limpieza del cementerio de esa ciudad. Por otro lado, manifiesta que el traslado es efectuado a un lugar mucho mas distante de trabajo de su domicilio que en el cual se desempeñaba, lo que le genera un perjuicio económico sin compensación, y que por cumplir funciones fuera de la Secretaría de Salud perdería beneficios económicos por “cuota de salud” por un monto de aproximadamente pesos trescientos. Por último, entiende también que la medida afecta la unidad familiar al ser único sostén de ocho hijos y que su salud psiquiátrica a sido afectada como consecuencia del cambio injustificado en sus funciones.
Que a tenor de lo expuesto, y en virtud de encontrarse la Sra. María Patricia Brunella amparada en su calidad de agente municipal por los Art. 14 bis Constitución nacional y 103 incs. 3 y 12 de la Constitución Provincial (SCBA, “Sacomani”) se encuentra acreditado prima facie los requisitos requeridos por el art. 22 de la ley 12008 y modifs. de CPCA, ordenándose en consecuencia suspender la vigencia del decreto municipal Nº 1894/07, de fecha 10 de octubre de 2007, retrotrayendo la situación laboral de la accionante al momento anterior a su dictado.
Que lo expuesto -en el marco de la apariencia propia de un despacho precautorio y sin que ello implique prejuzgamiento sobre el fondo de la cuestión debatida- resulta suficiente para otorgar la tutela precautoria (art.22. Inc. 1º del C.P.C.A., ley 12.008, según ley 13.101).-
Por todo lo expuesto precedentemente;
RESUELVO:
1) hacer lugar la medida cautelar solicitada en el sub lite por los fundamentos expuestos ut supra suspendiendo la vigencia del decreto municipal n° 1894/07, de fecha 10 de octubre de 2007, y retrotrayendo la situación laboral de la accionante al momento anterior a su dictado. Ordenando a la Municipalidad de Necochea el reintegro de la accionante a las funciones conforme lo establecido, procediéndose en forma inmediata a la notificación de la presente (arts. 22 inc. 1º del C.P.C.A., ley 12.008, según ley 13.101).
2)Todo ello, previa caución juratoria que deberá prestar la accionante ante la Actuaria, para responder a las costas y los daños y perjuicios que pudiere ocasionar, en caso de haber solicitado sin derecho este remedio cautelar (art. 24 inc. 3 C.P.C.A).-
3) Regístrese.-ofíciese.-
4) Previo deberá el abogado patrocinante cumplir con lo dispuesto por el art. 3 de la ley 8.480 y 13 de la ley 6.716.-
Dr.Carlos Alberto Herrera
Juez
Trascripción del contenido de una novedad registrada en la Mesa de Entradas Virtual. Las inconsistencias o faltantes pueden notificarse a la casilla de quejas correspondiente, o bien ser comunicadas a la mesa de entradas del Juzgado o Tribunal de origen.

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