martes, 6 de julio de 2010

Necochea: Ordenanza que no "ordena"

Un accionista de un balneario local, me acerco la siguiente nota:

Como accionista de Palmeras del Este Sociedad Anónima quiero informar a uds. que El Concejo Deliberante, en el tema de la referencia y su decisión de licitarlo, ha soslayado lo que firmó con fecha 24/04/09 y eso es nada menos que la Ordenanza número 6550/09 donde se aprueba el proyecto integral presentado por la empresa Palmeras del Este Sociedad Anónima para la explotación de la UTF BNH.- Paso a aclarar:

Se adjunta la presentación que fue aprobada por unanimidad por el citado cuerpo y en la misma consta la reserva de las unidades de estacionamiento según indica el siguiente párrafo del documento que luego se adjunta

· Solicitamos disponer de los espacios actualmente utilizados como playas de estacionamiento, tanto de Palmeras del Este como del ex Costa del Sol hasta tanto el Municipio de Necochea efectúe las obras públicas proyectadas en ese lugar. Para el futuro solicitamos se nos habilite en la concesión nueva, la opción de construcción de cocheras debajo de la línea de la avenida dos (en subsuelo y bajo los actuales estacionamientos), respetando totalmente las condiciones arquitectónicas de la planta de nivel 0.- Este punto no implica obligación de cumplimiento por parte de nuestra empresa, sino simplemente dejar resguardada la opción a realizarla, de poder definir necesidades técnicas e inversoras para poder efectuarla.- La razón de esta solicitud de opción está fundada en los condicionantes emergentes de la situación económica general del país, la particular de Necochea y el futuro de nuestras temporadas de verano.- No resultaría serio para nuestra empresa comprometerse a efectuar un obra de semejante envergadura, en estos momentos, pero tampoco sería razonable que perdamos la oportunidad de efectuar una gran cochera que serviría de alivio a todo el tránsito de esa zona. Entre otras razones que expliquen ese “alivio”, podemos citar las pocas cocheras existentes en los edificios vecinos tanto existentes como por construir, además de la eliminación de lugares para estacionar en balnearios, y la extraordinaria demanda debido al crecimiento constante y exponencial del parque automotor.- Entendemos que dicha construcción, no interfiere en absoluto con el plan integral costero, ya que las mismas no serán observables desde la superficie, cumpliéndose con el objetivo de no generar contaminación visual.-

Esto fue aprobado por unanimidad por el Concejo y ratificado en la firma del contrato de concesión (artículo 3ro) donde en otras palabras se dice que la concesión se regirá por la presentación de Palmeras del Este S.A., y supletoriamente para lo no consignado se aplicará el pliego de bases y condiciones de las concesiones de balnearios que integran el Plan integral costero.-

Lamentablemente debemos interpretarlos como la vulneracion de un derecho que legitimamente adquirimos en un proceso trasparente y publico como fue la ampliación de nuestra concesión.-

Los habitantes de la ciudad que reinvertimos en la misma, generando fuentes de trabajo y desarrollo, debemos tambien exigir seriedad y ecuanimidad en el tratamiento de estos temas.- Queda absolutamente claro que, de no hacerce la obra pública, la explotación del estacionamiento correspondiente, es solo facultad de Palmeras del Este Sociedad Anónima (art. 3ro contrato de concesión y ordenanza 6550/09)

¿Será invalida la ultima ordenanza?

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